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Cansancio y calor ocasionaron desvanecimiento del gobernador de Hidalgo
PACHUCA, Hgo., 3 de julio de 2016.- La decisión de una pareja sobre qué régimen elegirán en su matrimonio, es fundamental para prevenir problemas futuros, aseveró la magistrada Rebeca Stella Aladro Echeverría, Presidenta de la Segunda Sala Civil y Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo (TSJH).
Los regímenes matrimoniales no sólo son de interés para aquellos que quieran contraer nupcias, sino también para aquellas parejas que llevan varios años de haber establecido este vínculo conyugal, debido a ser modificable.
La Ley para la Familia del Estado de Hidalgo, contempla dos formas de regímenes matrimoniales:
La primera es la separación de bienes en la que cada uno de los cónyuges conserva el pleno dominio y administración de sus bienes.
La segunda es la sociedad conyugal, donde los dos contrayentes, eligen qué bienes integrarán esta sociedad, y se rige por capitulaciones matrimoniales, las cuales se refieren a convenios que hacen los contrayentes y la decisión de cómo fraccionarlos.
En su experiencia como juzgadora resaltó que es muy común que en los juicios por la falta de inscripción de los bienes en el Registro Público de la Propiedad, uno de los miembros de la pareja venda un bien, y el cónyuge afectado no pueda defender la parte que le corresponde, aunque manifieste que dicho bien es parte de la sociedad conyugal.
El realizar la inscripción, es una forma de proteger los bienes, pues comentó que en ocasiones el conyugue designado como responsable de administrar los bienes carece de esa capacidad y puede darse el peligro de que lleguen a la banca rota.
Señaló que la forma de realizar modificaciones a la sociedad conyugal es acudir ante un juez familiar o ante un notario público, a través de un convenio donde dan por terminada dicha sociedad conyugal y optan por otra a conveniencia de los dos, así como el Registro Público.