Designan a exalcaldesa como nueva presidenta del PAN en Hidalgo
HUEJUTLA DE REYES, Hgo., 12 de diciembre de 2020.- La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión pública no presencial por videoconferencia, revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo que declaró la nulidad de la elección del Ayuntamiento de Huejutla de Reyes, al estimar inexactamente que se había vulnerado el principio constitucional histórico de separación Iglesia-Estado.
El Tribunal informó mediante un comunicado que en el fallo se desvirtuaron las consideraciones de la responsable, porque la referencia bíblica que hizo el candidato en un evento público, se empleó en el discurso como parte de un argumento para reconocer la igualdad entre hombres y mujeres; respecto a la colocación de una lona propagandística en el muro contiguo a una edificación religiosa, porque ésta fue colocada en un inmueble aledaño y no en la capilla, sumado a que la propaganda carecía de elementos religiosos y, finalmente, la propuesta de campaña en materia ambiental realizada en un video en el que se observa al fondo la imagen en caricatura de la catedral, se determinó que no constituía el eje central y que tampoco incluía alguna expresión religiosa.
Por ello, al resultar fundados los agravios, se reconoció la validez de la elección del municipio de Huejutla de Reyes, por lo que se ordenó al Consejo General del Instituto Estatal Electoral proceder de forma inmediata, a resolver sobre la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional.