Congreso de Hidalgo aún espera notificación por 2 acciones de inconstitucionalidad
PACHUCA, HGO, 15 julio 2026- Después de varios reveses por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a las Leyes de Ingresos de varios municipios de Hidalgo por cobros desproporcionados y que violaban el principio de equidad tributaria, ahora los diputados pretenden regular cobros y tarifas del servicio de alumbrado público, así como para la expedición, refrendo y renovación de licencias, placas o registros de funcionamiento comercial, industrial y de servicios.
Los legisladores de Morena, en voz del diputado Miguel Ángel Moreno Zamora, expuso ambas iniciativas, la primera es una reforma al artículo 106 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Hidalgo en materia de determinación de la superficie aplicable para el cobro de licencias de funcionamiento.
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Con ello, precisar que las cuotas y tarifas aplicables para la expedición, refrendo y renovación de licencias, placas o registros de funcionamiento comercial, industrial y de servicios para que consideren la superficie efectivamente destinada a la prestación o al desarrollo de la actividad económica correspondiente.
“Se busca dotar de certeza jurídica a las autoridades municipales y a los contribuyentes respecto del alcance del concepto de superficie previsto en la legislación hacendaria municipal, evitando interpretaciones ambiguas o discrecionales que puedan derivar en cobros desproporcionados o desvinculados de la actividad económica que da origen a la contribución”.
Asimismo, fortalecerá los principios constitucionales de legalidad, proporcionalidad, equidad y seguridad jurídica en materia tributaria, al garantizar que las cuotas y tarifas aplicables a las licencias de funcionamiento guarden una relación razonable con la superficie efectivamente utilizada para el desarrollo del giro comercial, industrial o de servicios que trate.
La otra iniciativa modifica los artículos 62, 63, 64, 65, adhiere el 65 BIS y 66 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado, para regular el cobro de servicio de alumbrado público, al consolidar un esquema normativo más sólido para las administraciones municipales, establecer parámetros legales que orienten la determinación de las tarifas bajo una metodología objetiva y verificable.
Las permutas otorgarían mayor certeza jurídica respecto del cobro del derecho por servicio de alumbrado público, tanto para las autoridades encargadas de su aplicación como para las personas contribuyentes esto al establecer expresamente elementos esenciales de la contribución, fortalece el principio de reserva de ley y brinda claridad sobre la forma en que deberá determinarse este derecho.