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PACHUCA, HGO, 16 de julio de 2026- El Tribunal Electoral del Estado (TEEH) determinó que cometieron violencia política de género contra una servidora pública electa popularmente de Tezontepec de Aldama, mediante publicaciones en páginas de la red social Facebook, por lo que acreditaron la responsabilidad en una de ellas hacia Yuri Rabindranath Ruiz Arriaga, a quien sancionaron y amonestaron públicamente.
En sesión pública, resolvieron el procedimiento especial sancionador, TEEH-PES-005/2025, promovido por una funcionaria municipal, que solicitó la reserva de sus datos personales, contra quienes resultaran responsables de la administración de dos perfiles de Facebook por actos constitutivos de violencia política contra las mujeres en razón de género.
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La ponencia del magistrado presidente, Leodegario Hernández Cortez, declaró la existencia de las infracciones, pues en la página “Tezontepec al Día”, detectaron expresiones sustentadas en estereotipos de género que trascienden los límites constitucionales de la libertad de expresión, con la finalidad de menoscabar el ejercicio de los derechos político-electorales de la denunciante.
A su vez, de las diligencias realizadas por la autoridad, únicamente acreditaron la existencia de tres publicaciones difundidas en el citado sitio.
Respecto al perfil “Que todo Tezontepec se entere”, no fue posible verificar la existencia del contenido denunciado.
Igualmente, de la valoración integral y contextual de las publicaciones denunciadas, advirtieron que no constituyeron una crítica dirigida al desempeño de la función pública ni un debate sobre asuntos de interés general.
“Por el contrario, las expresiones difundidas recurren a referencias sobre la vida privada, afectiva y sexual de la denunciante, además de atribuir el ejercicio del poder a diversas figuras masculinas, reproduciendo estereotipos históricamente utilizados para deslegitimar la participación de las mujeres en espacios de decisión pública”.
También, que los mensajes no informaron ni fomentaron el debate democrático, sino desacreditar a la agraviada mediante prejuicios y estereotipos de género, por lo que excedieron el ámbito de libertad de expresión y actualizaron los elementos para configurar la violencia política en razón de género.
Entonces, declararon responsabilidad de Yuri Rabindranath Ruiz Arriaga al acreditar su intervención en la difusión de las publicaciones denunciadas a través de la página “Tezontepec al Día” e impusieron amonestación pública, una vez que cause ejecutoria.
Además de diversas medidas de reparación integral y garantías de no repetición, entre ellas, la emisión de una disculpa pública; la inscripción de la persona responsable en el registro nacional y estatal de personas sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género; acreditar un curso especializado en la materia y lectura de bibliografía relacionada con los derechos humanos de las mujeres y la erradicación de la violencia de género.
Finalmente, en la sentencia, el tribunal exhortó al Instituto Estatal Electoral (IEEH) para que, en futuras sustanciaciones de procedimientos especiales sancionadores, observe con mayor diligencia el principio de celeridad, con ello evitar demoras en su integración y remitirlo oportunamente al TEEH para salvaguardar el derecho de acceso a una tutela judicial efectiva de las personas involucradas.