Congreso de Hidalgo aún espera notificación por 2 acciones de inconstitucionalidad
PACHUCA, Hgo., 22 de octubre de 2026.- Luego de la controversia generada por el proceso de selección y designación del titular del Órgano Interno de Control (OIC) del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), el Congreso de Hidalgo prepara una reforma constitucional y a las respectivas leyes orgánicas.
De acuerdo con documentos que conoció Quadratín Hidalgo, diputados de Morena formalizarían en las próximas horas iniciativas de reforma a la Constitución Política del Estado de Hidalgo, así como a las leyes orgánicas del Poder Legislativo y del Tribunal Electoral del Estado, en materia de designación y remoción del titular del OIC del TEEH.
En los antecedentes y objetivos de la propuesta de cambios constitucionales, se expone que la normativa actual faculta al Congreso del Estado para realizar el proceso de designación. Sin embargo, apenas en julio, el presidente del TEEH, Leodegario Hernández Cortez, interpuso el juicio general SUP-JG-58/2026, en el cual controvirtió la atribución legislativa de efectuar dicho nombramiento.
Al respecto, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó la demanda al estimar que la renuncia de la persona designada había producido un cambio de situación jurídica que dejó sin materia la controversia. No emitió pronunciamiento de fondo sobre la constitucionalidad de los artículos locales impugnados ni declaró inválida la facultad del Congreso.
“La conclusión de aquel procedimiento sin una determinación de fondo, así como la necesidad institucional de asegurar la continuidad del control interno, hacen pertinente dotar a la Constitución local de una regla expresa, delimitada y compatible con el régimen general de fiscalización y responsabilidades”, justifica la propuesta.
Agrega que el objetivo de armonizar los artículos 26, cuarto párrafo, y 56, fracción XV Bis, de la Constitución Política del Estado de Hidalgo es establecer una excepción expresa y exclusiva respecto del TEEH y del modo de asignación de la persona titular de su OIC, para que corresponda al pleno del propio órgano jurisdiccional, que también podría ejercer la facultad de remoción.
También destaca otros precedentes sobre el mismo tema en tribunales electorales de Jalisco, Morelos, Michoacán, Aguascalientes, Ciudad de México y Tlaxcala.
En cuanto a las modificaciones al artículo 74 Bis y al primer párrafo del artículo 74 Ter de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, la propuesta incorpora disposiciones para exceptuar al Congreso local del nombramiento de contralor en el Tribunal Electoral del Estado.
Por otra parte, plantea modificaciones a la fracción XIX Bis del artículo 13; la fracción VI del artículo 15; los párrafos primero y tercero del artículo 20; el primer párrafo del artículo 20 Bis; el párrafo inicial y las fracciones I, II, IV, V, VI y VIII del artículo 21; y los párrafos primero y tercero del artículo 21 Bis. Asimismo, propone adicionar la fracción VI Bis al artículo 13; las fracciones I a VI y un párrafo final al artículo 20 Bis, así como la fracción IX al artículo 21, todos de la Ley Orgánica del Tribunal Electoral del Estado.
Entre las disposiciones propuestas, se establece que el pleno del TEEH tendría la facultad de nombrar o remover al contralor. Además, se definen las etapas de convocatoria, los requisitos para ocupar el cargo y los procesos de evaluación y selección, así como la obligación de observar las disposiciones aplicables en materia de imparcialidad, impedimentos y conflictos de interés de las personas que intervengan en su desarrollo y resolución.
Finalmente, se contempla un artículo transitorio para que el tribunal hidalguense realice dicho nombramiento dentro de los 45 días siguientes a la validación de las reformas.